Los supervivientes de cáncer podrán desde mañana renovar su carné de conducir cada diez años

 Los supervivientes de cáncer podrán desde mañana renovar su carné de conducir cada diez años


El pasado 13 de mayo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció, en un acto de campaña en Sevilla, que en junio de este año entrará en vigor el conocido como derecho al olvido oncológico para que las aseguradoras y los bancos no tengan en cuenta el historial médico de las personas afectadas por el cáncer a la hora de contratar sus productos. El PSOE prevé que esta medida se apruebe en el Pleno del Senado el 6 de junio. Las asociaciones de pacientes se mostraron entonces muy contentas con este cambio, que ya reclamaba el Parlamento Europeo con fecha tope para 2025. Pero advertían de que el derecho al olvido oncológico solo aplicaba en el plano financiero y de seguros.

Desde la Federación Española de Padres de Niños con Cáncer explicaban a ABC que también habín detectado situaciones discriminatorias para sacar o renovar el carné de conducir. «Se encuentran trabas en todos los aspectos de su vida diaria. Seguiremos trabajando para mejorar en todos los planos, incluso en el laboral», aseguraba Pilar Frutos, gerente de esta entidad.

A principios de abril, la tinerfeña Arahiza Moujir, que ha superado el cáncer y ya ha terminado el duro proceso de quimioterapia al que tuvo que someterse al dejar atrás la enfermedad, denunciaba en ABC: «Solo puedo renovar el carnet por un año, te tratan como una moribunda». «Es la única vez en todo el proceso que me he sentido enferma», explicaba en declaraciones a Laura Bautista.

El Gobierno ha recogido el guante y publica este viernes, 26 de mayo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la modificación del anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por la que las personas que hayan superado un cáncer podrán renovar su permiso de conducir con la misma frecuencia que el resto de la población.

Hasta ahora, este anexo establece en su apartado 5.1, sobre trastornos oncohematológicos, que en los casos de permisos o licencia de conducción del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B, B + E y LCC), «superados los tres primeros años y hasta transcurridos diez en remisión completa debidamente acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo, a criterio facultativo se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia por un período máximo de tres años». En el apartado 14, sobre otros procesos oncológicos no hematológicos determina que para los permisos o licencia del Grupo 1, «en los casos sin evidencia de enfermedad actual y que no estén recibiendo tratamiento adyuvante, el período de vigencia será como máximo de cinco años».

El Gobierno señala en el BOE que esto implica «una discriminación infundada» respecto de aquellas personas que ya no tienen síntomas de la enfermedad y se han reincorporado plenamente a su vida laboral y ordinaria.

Cabe recordar que para la población general el plazo de renovación es de 10 años hasta los 65 años y de 5 a partir de esa edad para los carnés de moto (AM, A1, A2 y A) o de coche (clase B). Para los carnés de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E el plazo de validez es de cinco años para los conductores hasta 65 años. Posteriormente, caducan cada tres años.

El Gobierno señala en el BOE que el cambio responde a «una cuestión emocional», porque, tras un largo y duro tratamiento y posterior recuperación, en el momento de la expedición del permiso o licencia «se revive un proceso ya superado que la Administración les hace recordar de manera innecesaria».

Con la modificación, la legislación quedaría así: en el caso de trastornos oncohematológicos, las personas que cuenten con determinados permisos de conducción y hayan superado los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, debidamente acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo competente; así como en el supuesto de otros procesos oncológicos, las personas que posean determinados permisos de conducción, sin que exista evidencia de su enfermedad y siempre que no estén recibiendo tratamiento adyuvante, previo informe favorable del especialista, puedan renovar su documentación no por el plazo de tres o cinco años previsto actualmente, sino por el que les corresponda por razón de la edad. «Se trata de asimilarlas al resto de la ciudadanía, ya que son personas que han superado la enfermedad y se encuentran en las mismas condiciones que la población en general», concluye el BOE.

«Desde la Federación Española de Padres de Niños con Cáncer celebramos y valoramos positivamente este avance de acabar con la discriminación que sufren los supervivientes de cáncer infantil y adulto al renovar el carné de conducir», señalan a ABC desde la entidad.

Consideran que es «un paso importante hacia la igualdad» al entender que, hasta ahora, la discriminación que se producía estaba «totalmente infundada», ya que no tenía en cuenta la finalización sin recaídas de un tratamiento oncológico o que no hubiese síntomas de la enfermedad.

«Por otro lado, vemos que se mantienen los requisitos del ‘informe a criterio facultativo’. Que siga siendo obligatorio este proceso podría seguir afectando a los supervivientes de cáncer», advierten desde la asociación, que lleva tiempo alertando de que las personas con antecedentes de cáncer infantil se encuentran una serie de trabas a lo largo de toda su vida en procesos habituales como la renovación carné de conducir, discriminación laboral, etc.



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