PSOE y Podemos pactan una enmienda en la reforma de sedición y malversación para interpretar el ‘solo sí es sí’

 PSOE y Podemos pactan una enmienda en la reforma de sedición y malversación para interpretar el ‘solo sí es sí’



La enmienda creará una guía interpretativa pero no vinculante para los jueces, que podrán aplicar la ley más favorable al reo

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

El PSOE y Unidas Podemos han introducido en la exposición de motivos de su propuesta de ley para derogar el delito de sedición y modificar el de malversación una enmienda –de cara a evitar otra polémica como la generada por las rebajas de penas a condenados por delitos de violencia sexual– que servirá como guía para los jueces para interpretar la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como ley del ‘solo sí es sí’, pero no les sujetará a la hora de aplicar la nueva norma como consideren oportuno.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que la enmienda de modificación presentada en el marco de la exposición de motivos no es normativa, sino interpretativa, lo que se traduce en que sirve de guía, pero no obliga a los jueces.

Según precisan las fuentes, la historia sería diferente si fuese una enmienda al articulado, pero el PSOE y Unidas Podemos no han llegado hasta allí, sino que se han quedado en el apartado de la exposición de motivos.

Al margen, subrayan que la reforma del Código Penal que impulsó el Ministerio de Igualdad –a través de la ley del ‘solo sí es sí’– abrió un camino que permite a los jueces aplicar la ley más favorable al reo, aún con la enmienda que han acordado ahora el PSOE y Unidas Podemos.

En este sentido, señalan que aunque una ley esté en vigor solo un día, cuando es más beneficiosa para el reo se impone su aplicación, recayendo en los jueces el deber de realizar la interpretación que consideren correcta tras valorar los hechos y circunstancias en cada caso.

INTENTA RESPONDER AL DEBATE JURÍDICO

La Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

El número de condenados que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del ‘sólo sí es sí’ asciende al menos a 58, entre revisiones de condena a la baja (54) y sentencias posteriores en aplicación de la norma (4). Un total de 12 personas han sido excarceladas.

La ley del ‘solo sí es sí’ ha generado –desde su entrada en vigor el pasado 7 de octubre– un debate jurídico que ha acabado con dos posturas opuestas sobre la mesa. Por un lado, al menos 11 audiencias provinciales se han pronunciado a favor de aplicar en las revisiones de condenas de agresores sexuales el criterio más favorable al reo, con rebajas automáticas de penas. Por otro lado, sin embargo, tres audiencias provinciales han informado de que no rebajarán las condenas cuando las penas que fueron impuestas puedan ser también imponibles con arreglo a la nueva ley.

En esta disparidad de criterios subyace otro debate jurídico entre quienes consideran que debe aplicarse la disposición transitoria quinta del Código Penal (CP) de 1995, por la que se impide una rebaja automática de las penas; y quienes aducen que no es posible seguir usando una cláusula destinada a emplearse solamente en el cambio de un CP a otro, abogando por la necesidad de introducir en cada nueva ley una disposición transitoria propia, aunque sea en el mismo sentido que esa, algo que con la ‘ley del solo sí es sí’ no se hizo.

Por ello, las fuentes jurídicas indican que la enmienda presentada este martes por PSOE y Unidas Podemos busca superar de algún modo este debate para señalar a los jueces que el espíritu de la nueva ley es que las revisiones de pena se efectúen en sintonía con la citada disposición transitoria.

Según ha dicho la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, se trata de un «ajuste técnico» a la ley del ‘solo sí es sí’ que busca «reforzar lo que venía siendo la interpretación habitual en ese régimen transitorio de una legislación penal a otra».

Las fuentes jurídicas consultadas, sin embargo, insisten en que al tratarse de una enmienda introducida en la exposición de motivos de otra ley tendrá un carácter orientativo, pero no será vinculante para jueces y tribunales.

LA ENMIENDA

La proposición de ley para derogar el delito de sedición y modificar la malversación ya incluía tres disposiciones transitorias que dejaban claro cómo debe aplicarse la nueva normativa a los encausados por delitos cometidos con anterioridad, todo ello teniendo en cuenta el principio que recoge el Código Penal en su artículo 2.2; es decir, que se aplicará la ley que más favorable al reo.

Pero ahora, aprovechando una enmienda del PDeCAT pidiendo analizar las consecuencias de la entrada en vigor de la ley de ‘sólo sí es sí’, el PSOE y Unidas Podemos han introducido un nuevo párrafo en la exposición de motivos para remarcar esa transición.

En concreto, ambas formaciones han recordado que para la aplicación de las reformas penales contenidas en esta ley a los delitos cometidos antes de su entrada en vigor debe administrarse, entre otras, la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995, que impide una rebaja automática de las penas.

Desde el PSOE aseguran que con estos párrafos «los grupos parlamentarios que sustentan al Gobierno facilitan la interpretación del derecho transitorio de acuerdo con la jurisprudencia consolidada, para una aplicación correcta de las modificaciones del Código Penal, entre ellas algunas recientemente aprobadas como la Ley de Libertad Sexual».

Fuentes de Unidas Podemos subrayan que el Ministerio de Igualdad ha estado implicado en las conversaciones y que la nueva redacción «busca aclarar a los jueces que la voluntad del legislador, a modo de recomendación, es que, en caso de revisión de condenas, se mantengan las penas impuestas».



Fuente de la noticia: Pulsa para ver la noticia en el periódico que ha sido publicada.

(Salamanca Realidad Actual es un lector de noticias FEED que unifica las noticias de diferentes periódicos sobre Salamanca. No hemos redactado ninguna de las noticias aquí publicadas y la totalidad de el copyright de esta noticia pertenece a: www.europapress.es y ).

Salamanca Realidad Actual

https://salamancarealidadactual.com

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *