A pesar de que no es un supuesto muy común

 A pesar de que no es un supuesto muy común


Según la legalidad española, la Agencia Tributaria puede vaciar una cuenta bancaria y apropiarse de todo el dinero que hay en ella en algunos supuestos. No obstante, a pesar de ser posible, es un hecho muy poco probable y además, llegado el caso, se puede reclamar para evitarlo.

La Agencia Tributaria cuenta con numerosos mecanismos para hacer cumplir las responsabilidades fiscales. Dentro de ellos existen algunos supuestos en los que Hacienda se puede llegar a apropiar de todo el saldo de una cuenta bancaria. Este hecho está recogido en la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, y en su artículo 18 se establece lo siguiente:

Corresponden a la Administración General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en sus entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de veinte años”.

Por tanto, los casos más comunes en los que puede producirse tal situación suelen ser en los que su titular ha fallecido y no hay herederos. También puede darse el caso de que, aún habiendo beneficiarios, no hayan tramitado la herencia. Asimismo, puede producirse cuando una cuenta se reserva a la mayoría de edad del heredero, y no se realiza ningún movimiento.

Sin embargo, se puede reclamar para evitar el apropiamiento del dinero. Después de que el banco informe a Hacienda de la existencia de una cuenta que cumple los requisitos, se abre un plazo para reclamaciones de los titulares o herederos. Una vez finalizado el plazo, si no hay reclamaciones, Hacienda procederá a vaciar la cuenta y a quedarse con el dinero que hay en ella. Este dinero, según la ley, se destinará a “financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad”.





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