Las sentencias judiciales enturbian aún más los «viajes sin retorno» de los papeles del Archivo de Salamanca

 Las sentencias judiciales enturbian aún más los «viajes sin retorno» de los papeles del Archivo de Salamanca


Si ya era bastante farragoso el entramado de sentencias, recursos y todo tipo de pleitos en torno a los denominados ‘papeles del Archivo de Salamanca’, la última salida de documentos hacia Cataluña ha venido a demostrar que esta polémica tiene difícil solución, cuando no hay a cuerdo ni para entender y aplicar una sentencia firme.

Ayer, mientras el presidente de la asociación Salvar el Archivo, Policarpo Sánchez daba una rueda de prensa conjunta con el alcalde de Salamanca, el Ministerio de Cultura estaba preparando una respuesta para intentar justificar la salida de 20.000 documentos hacia Cataluña el pasado día 9.

Así, según el Ministerio de Cultura, la salida del Centro Documental de la Memoria Histórica de varios documentos y objetos con destino al Arxiu Nacional de Catalunya, el pasado 9 de abril, «se realizó en estricto cumplimiento de la ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo 806/2019».

Ese día, salieron del Centro Documental de la Memoria Histórica con destino al Arxiu Nacional de Catalunya 39 cajas archivadoras normalizadas (26 cajas de documentos y 13 de libros), 5 banderas y 1 cartel. El envío es consecuencia del mandato establecido en una sentencia de la Audiencia Nacional de 2016, ratificada por la sentencia citada del Tribunal Supremo.

Los fondos transferidos a Cataluña para su entrega a sus legítimos propietarios o derecho habientes fueron en su día identificados por los miembros de la Comisión Mixta como incautados a personas naturales o jurídicas de carácter privado, con residencia, domicilio, delegación o secciones en Cataluña, por la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos y se encontraban custodiados en el Archivo General de la Guerra Civil Española asegura el Ministerio.

En el año 2014, el departamento ministerial consideró que parte de esos fondos no deberían ser susceptibles de restitución al haber desaparecido las personas físicas o jurídicas a los que pertenecían o sus herederos. Sin embargo, la Generalitat de Cataluña presentó un recurso contencioso en la Audiencia Nacional (Recurso 539/2014) por cuanto entendía que esa decisión únicamente podía ser adoptada por la Generalitat.

El contenido del recurso, presentado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Sexta de la Audiencia Nacional, fue estimado parcialmente. Tal y como se indica de manera taxativa en el Fundamento de Derecho Sexto de la Sentencia, la Audiencia Nacional determinó «estimar tan solo las solicitudes de entrega de documentación, fondos documentales y otros efectos que hubieran sido identificados por la Comisión Mixta en cualquiera de sus sesiones, rechazando cualquier otra que no esté amparada en dicha identificación».

La sentencia de la Audiencia Nacional fue recurrida por el Ministerio en casación ante el Tribunal Supremo, que no admitió el recurso de casación, ordenando la remisión a la Generalitat de la documentación y bienes que hubieran sido identificados por los miembros de la Comisión Mixta. El Ministerio afirma además que los miembros del Patronato del Centro Documental de la Memoria Histórica fueron informados en la sesión del Pleno de 25 de octubre de 2016, así como de la interposición del recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Respuesta contundente

La respuesta a esta explicación de PolicarpoSánchez no se hizo esperar. Según él el Ministerio de Cultura «oculta el contenido real de la sentencia a la que alude para tratar de esquivar sus propias responsabilidades, favoreciendo a los separatistas catalanes e incumpliendo sus obligaciones en defensa de la Ley y del conjunto de españoles».

La mencionada sentencia del Tribunal Supremo, con cita de la Sentencia del Tribunal Constitucional nº 20/2016, de 31 de enero, establece que «el Estado no transfiere la titularidad del Archivo General de la Guerra Civil a la Generalitat de Cataluña, sino que le transfiere una serie de fondos documentales que hasta ahora se encontraban depositados en el Archivo General de la Guerra Civil, y lo hace a los solos efectos de que se cumpla lo establecido en el artículo 5 de la Ley, es decir, a los efectos de su restitución a los propietarios originarios o sus sucesores. Si la transferencia de los documentos se produce a los efectos de ser restituidos, y esta restitución no se puede producir, por no haberse podido acreditar la titularidad de los mismos, tales documentos siguen integrando un archivo de titularidad estatal. La Ley no prevé, pudiendo haberlo hecho por ser conforme con la Constitución, que la gestión de los fondos del Archivo General de la Guerra Civil transferidos a la Generalitat y que no puedan ser restituidos a sus propietarios originarios o a sus sucesores, sea realizada por la Comunidad Autónoma».

En consecuencia, Sánchez asegura que «la Generalidad de Cataluña no adquiere la titularidad de esos bienes, que, evidentemente, y conviene resaltarlo, si resultase imposible su restitución a los legítimos titulares en el modo y tiempo que previene al artículo 5 de la Ley 21/2005 y el Decreto 183/2008, seguirán integrando el Archivo General de la Guerra Civil, con su imperativa devolución o reintegro al mismo», una devolución que según al sentencia debe realizarse en el plazo de una año.

El presidente de Salvar el Archivo aseguró que en base a la literalidad de la Sentencia, habían reclamado al Ministerio de Cultura varias cuestiones. En primer lugar «que ordene a la Generalidad de Cataluña la inmediata devolución al Archivo de Salamanca de los 400.000 documentos que retiene ilegalmente en su poder desde hace muchos años». Además, solicitan «que extreme la vigilancia para que los 20.000 documentos enviados el 9 de abril no se «pierdan» en el entramado independentista y que, transcurrido el plazo legal de 1 año (abril de 2022), pida ejecución de Sentencia para que sean devueltos al Archivo de Salamanca, al tratarse de documentación sin propietario»

Sánchez sentenció que «las sentencias hay que cumplirlas en su totalidad, no solo la parte que favorece a los separatistas. Eso es lo que ha ‘olvidado’ el Ministerio en su nota de prensa».

Acciones legales

Sánchez anunció medidas judiciales para el regreso de los documentos no entregados a sus propietarios y otras acciones sobre la última partida de legajos.

«No vamos a quedarnos de brazos cruzados», añadió y aseguró que presentará una demanda judicial ante la Audiencia Nacional contra el Gobierno por no actuar ante la negativa de la Generalitat a devolver los 400.000 ‘papeles’ que «deberían estar en Salamanca». Además, señaló que han enviado numerosas solicitudes al ministerio exigiendo que cumpliese la ley y las sentencias judiciales, pero ninguna ha tenido contestación. «No nos queda más remedio que esta nueva acción judicial para hacerle cumplir con su obligación de exigir a la Generalidad de Cataluña la devolución al Archivo de Salamanca de los documentos que no ha entregado a sus titulares legítimos», señaló y recordó que es el Ministerio el que debe solicitar la devolución de los documentos no entregados a sus propietarios en el plazo de un año como indican las sentencias.



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