La DGT, contra los coches ‘zombies’: la baja temporal del vehículo será solo por un año

 La DGT, contra los coches ‘zombies’: la baja temporal del vehículo será solo por un año


Para combatir el incremento de los coches “zombies” abandonados en calles y garajes en España al amparo de la baja temporal del vehículo -hasta ahora sin límite de tiempo- y para eliminar transacciones ilegales, exportaciones o reventa de piezas en el mercado negro, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha modificado la normativa y desde ayer las bajas temporales de los vehículos tendrán una duración máxima de un año. Pasados los 12 meses, si el interesado no ha solicitado la prórroga (se puede hacer dos meses antes de la fecha de finalización), el vehículo volverá a estar en situación activa y el titular tendrá que volver a pagar y poner al día el impuesto de circulación, la ITV y el seguro.

En Salamanca, la cifra de vehículos “zombies” ha ido en aumento en la última década, pasando de las 509 bajas temporales de vehículos que se tramitaron en 2009 a las 1.107 en 2017, 1.096 en 2018 y 1.076 bajas temporales en 2019. La pandemia, sin embargo, rebajó el pasado 2020 la cifra un 19,3% hasta las 868 bajas temporales, que suponen una de cada seis bajas tramitadas por la Jefatura de Tráfico. El pasado año se solicitaron en total 5.425 bajas temporales y definitivas de vehículos en Salamanca, el 78% de turismos, seguida de un 16% de camiones y furgonetas, el 4% de motos y ciclomotores, y el 2% de autobuses, tractores y remolques.

Novedades del Real Decreto

Otra de las novedades que se incluyen en el Real Decreto que modifica el Reglamento General de Vehículos es que todos los vehículos que hayan sido declarados siniestro total por la compañía aseguradora y después el titular pretenda seguir circulando con él o venderlo a un tercero, deberá superar una inspección de ITV después de la declaración del siniestro.

Por otra parte, en el caso de que se quiera trasladar un vehículo a otro país donde vaya a ser matriculado, el titular, una vez comunique la baja del vehículo por exportación o tránsito comunitario, deberá efectuar la salida del vehículo en un plazo de tres meses.

También se prevé como novedad la posibilidad de anotar de oficio la baja definitiva de los vehículos que no hayan estado asegurados o no hayan superado la ITV durante los últimos diez años. Los ayuntamientos podrán comunicar a Tráfico los vehículos que constan en los censos pero que no forman parte del parque circulante.

Por último, para ayudar a los ciudadanos a identificar los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT) donde llevar el coche al final de su vida útil y diferenciarlos de aquellos talleres que no pueden descontaminar o desguazar los vehículos, los CAT exhibirán una placa que los identifique.



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